Javier
Biardeau R.
INTRODUCCIÓN:
Vivimos tiempos donde las
palabras y los discursos parecen ser purgados de sus contextos históricos de
enunciación. Así los enunciados aparecen desfigurados, abstraídos, desencajados
de su fuerza enunciativa.
“Se” viene diciendo, a modo de
normalización de un nuevo campo de discursos, representaciones e imaginarios (de
un nuevo sentido común legitimador) que no hace falta consultar al pueblo para
convocar una Asamblea Nacional Constituyente.
“Se” viene diciendo que en el año
1998 Chávez llamó a un referendo porque la figura de la “Asamblea Nacional Constituyente”,
y por extensión la idea de poder constituyente originario, no existía en el ordenamiento constitucional
de 1961.
“Se” viene diciendo que el
proyecto de convocatoria de una ANC en el pensamiento auténtico de Chávez era
por “sectores”, por elección directa y secreta, pero añadiendo “universal” como
si fuera una concesión a una presión de la opinión pública.
Aquí desmontaremos estos tres
mitos de un nuevo imaginario de legitimación de la ANC contrastándolas con las
fuentes documentales originales de la Revolución Bolivariana[i].
DEBATE SOBRE PODER CONSTITUYENTE ORIGINARIO:
Considero que es preciso reabrir
el debate de fundamentación sobre el poder constituyente originario, porque la
apelación a una Asamblea Nacional Constituyente de carácter plenipotenciario no
puede realizarse sin cubrir todos los extremos de su consistencia existencial para
ser configurada en su génesis sin la autorización popular de su convocatoria.
Es teoría y praxis del poder constituyente originario del pueblo-nación[ii].
Esto último lo podemos debatir a
fondo en próximos artículos a realizar citando in extenso fuentes teóricas,
históricas y derecho constitucional comparado, en especial los textos nacidos
de las constituyentes de Colombia; Venezuela, Bolivia y Ecuador; y que han dado
vida al llamado nuevo constitucionalismo latinoamericano[iii].
No citaremos aquí los textos
involucrados en los debates de la ventana táctica del año 1997, sino que iremos
más a la raíz, más a fondo, a los planteamientos mismos del año 1992, año de la
insurgencia de los jóvenes oficiales de la Fuerza Armada y de núcleos de la
rebelión popular de entonces: a los documentos públicos del MBR-200 con la
finalidad explícita de explicar sus planteamientos y mantener la llama viva de
aquel 4 de febrero de 1992.
No haremos tampoco aquí argumentación
sobre la necesidad, pertinencia o decisión política de convocar para nuestra
actual circunstancia política a una “ANC para conquistar la paz” (pues la
conquista de la paz y la convivencia es un bien fundamental desde el punto de
vista ético y político-normativo al cual no podemos renunciar, como a ninguna de
las vías políticas negociadas para lograrla), pues dejaremos para otra
oportunidad la argumentación de si tal medio en determinadas circunstancias y
condiciones de empleo puede ser efectivamente el más adecuado para alcanzar el
fin propuesto.
Pero lo que si haremos es
establecer los fundamentos mínimos de la concepción de la convocatoria a la ANC
por parte de Chávez y del MBR-200 (junto con otras fuerzas políticas) que
desafiaban el establecimiento político de entonces.
Si hemos sobre-interpretado o
cometido interpretaciones inválidas de tales documentos, lo haremos por
condiciones de falibilidad y estaremos abiertos a todas las críticas y contra-argumentos,
pues de eso se trata el debate.
LOS DOCUMENTOS DEL MBR-200:
En el documento fechado el día 24
de junio de 1992 titulado: “LAS RAZONES QUE
NOS OBLIGARON A INSURGIR”[iv],
firmado en primero lugar por el Cmdte. Hugo Chávez junto a 30 oficiales y
suboficiales, se señala literalmente lo siguiente:
“¡Por eso insurgimos! Porque como venezolanos bolivarianos, soldados de
la Patria y hombres de honor no podíamos soslayar e ignorar las interrogantes
formuladas. Menos aún las respuestas.
Y hoy, ante la situación de degeneración política, económica y sobre
todo moral que continúa convulsionando y desgarrando la sociedad, el movimiento
bolivariano revolucionario (MBR-200) EXIGE la convocatoria a un referéndum nacional
para REVOCAR el mandato del Presidente de la República, a los parlamentarios
que compone el Congreso Nacional y a los integrantes de la Corte Suprema de Justicia,
Consejo de la Judicatura, la renovación general del Poder Judicial, así como la
renuncia del Consejo Supremo Electoral, devolviendo de esta manera la soberanía
su propio elemento: AL PUEBLO VENEZOLANO.
Este referéndum nacional, automáticamente debe considerar la Convocatoria
a una Asamblea Nacional Constituyente en la cual se defina, a través de una
nueva carta magna, el modelo de sociedad hacia el cual enrumbar la Nación
venezolana, y en el cual no pueda participar ninguno de los responsables de la
destrucción de la República.
Desde los diversos sitios donde nos encontramos en nuestras cárceles de
dignidad y esperanzas, invocamos la VOLUNTAD NACIONAL para que podamos
construir la salida al laberinto y la integración de un gobierno de emergencia.
De no ser esto posible, de imponerse los intereses mezquinos, espurios
y antinacionales de las minorías dominantes, nada ni nadie podrá detener la
continuación de los conflictos expansivos, que desde hace más de un año se
propagan por todo el escenario venezolano, en un espiral de violencia sangrienta
que pudiera llevarnos a una guerra civil que queremos evitar a toda costa.
La historia contemporánea registrara en tal caso, las causas verdaderas
y las responsables de tamaño estremecimiento social.”
En segundo lugar, en documento
titulado ¿Y CÓMO SALIR DEL LABERINTO?[v] Elaborado
en la cárcel de Yare, julio de 1992 firmado por
el MBR-200: 35 oficiales y suboficiales detenidos, encabezando al Cmdte.
Chávez se plantea un extenso análisis de la situación nacional, pasando a
razonar sobre las nuevas fuerzas sociales y políticas que aparecían en el
escenario, la propuesta de un FORO NACIONAL integrado por sectores de la vida
social, política y económica del país, con voceros de reconocida honestidad y
moralidad pública, así como un plan de acciones concretas a tomar en las que se
menciona:
a) La solicitud de renuncia del
Presidente discutida y votada por todos los representantes del FORO NACIONAL,
b) El referendo liberador: designado
de tal manera porque sería un acto político que abriría escenarios de amplia
participación, signados por un alto perfil de protagonismo de la población
venezolana. La CONSULTA POPULAR debería cubrir simultáneamente los siguientes
aspectos: 1) revocatoria del mandato presidencial en caso de que el primer
magistrado rechace la solicitud de renuncia, 2) Delegación por parte del Congreso
de la República al FORO NACIONAL, de la facultad constitucional que le autorice
para elegir un gobierno de emergencia, en vez de un Presidente provisional, 3)
Convocatoria a elecciones de la Asamblea nacional Constituyente, por votación
universal, directa y secreta de sus miembros.
De ambos documentos que pueden
ser consultados, analizados, discutidos y citados públicamente[vi] podemos
realizar las siguientes consideraciones:
·
Para el pensamiento y acción política de aquel
MBR-200 la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente pasaba necesariamente
por un referéndum de carácter popular y liberador.
Se establecían el FORO NACIONAL (una suerte de
Asamblea Constituyente de facto) conformada desde la manifestación de la
voluntad constituyente y bajo la iniciativa del MBR-200, integrando diversos
sectores de la vida social, política y económica del país, representados por
voceros de reconocida honestidad y moralidad pública. Entre los sectores que
integrarían tal FORO NACIONAL estaría: la Iglesia Católica, la Comunidad
Evangélica, Movimiento Sindical, Movimiento Estudiantil Universitario,
Movimiento Vecinal Organizado, Movimiento Bolivariano Revolucionario-200, Asociaciones
Profesionales (Colegios y Academias), Sector Empresarial, Sector Campesino,
Alto Mando Militar, Etnias Autóctonas, Pro-Venezuela, Mundo Científico e Intelectual.
Tal FORO NACIONAL aparecía revestido de poder
constituyente pues se atribuía la potencia política de solicitar la renuncia
del Presidente, de deliberar y someter a votación directa y secreta de sus representantes,
y la de llamar a la convocatoria de un “referéndum liberador”.
Tal “Referéndum Liberador” de carácter popular
debería cubrir los siguientes aspectos: 1) revocatoria de mandato
presidencial, 2) delegación por parte del
Congreso de la República al FORO NACIONAL, de la facultad constitucional que le
autorice a para ELEGIR un Gobierno de Emergencia (Junta Patriótica Bolivariana),
en vez de un Presidente Provisional, 3) Convocatoria a elecciones de la
Asamblea Nacional Constituyente.
De tal manera la Consulta Popular aparecía
reiteradamente tanto para actos constituyentes como para autorizar la
convocatoria a una ANC, para elegir sus integrantes mediante votaciones
universales, libres y secretas y para sancionar la Nueva Constitución.
Llama la atención que en el documento ¿Y cómo
salir del laberinto? Aparezca claramente la propuesta de convocar mediante consulta
popular a la Asamblea Nacional Constituyente, así como la elección universal, directa
y secreta de sus integrantes.
CONCLUSIONES PROVISIONALES
De tales documentos podemos
concluir que:
1) Para Chávez
y el MBR-200 la convocatoria a una ANC pasaba necesariamente por el poder
constituyente del pueblo mediante consulta popular.
2) Para Chávez
y el MVR-200 el acto político constituyente establecía tanto la integración de
un FORO NACIONAL (Constituyente de facto integrada por representantes de
sectores) como una Asamblea Nacional Constituyente (Constituyente in jure
elegida mediante votación universal, directa y secreta) en la cual se partía de
la “tesis del doble poder” (constituyente de facto y constituyente in jure)
para la transición mediada por el traspaso de poderes desde los poderes
constituidos a un gobierno de emergencia o junta patriótica bolivariana. De manera
que en el pensamiento y acción del MBR-200 si existía el proyecto de una ANC
convocada mediante “Referéndum Liberador”.
3) Que la
elección de la ANC era mediante votaciones universales, directas y secretas. En
el documento citado, los sectores aparecen referidos al FORO NACIONAL.
La invocación
permanente a la soberanía popular y a la voluntad nacional nos permite concluir
que la fundamentación filosófico-política del MBR-200 era la del “Poder
constituyente originario del pueblo-nación Venezolano” como cuerpo político y
cuerpo electoral.
Finalmente debemos agregar tres
textos que nos parecen paradigmáticos por su interés filosófico político y su
relevancia histórica en los discursos de aquella fase del movimiento de
manifestación de la voluntad constituyente en el año 1992:
- ¡Dichoso
el ciudadano que bajo el escudo de las armas de su mando ha convocado la
soberanía nacional para que ejerza su voluntad absoluta! Simón Bolívar. Discurso
de Angostura-1819
- “El
Sistema de Gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad
posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política”
Bolívar. Discurso de Angostura-1819
- Juramento
del MBR-200:
Juro
delante de usted
Juro
por el Dios de mis padres
Juro
por ellos
Juro
por mi honor
Y
juro por mi Patria
Que
no descansaré mi brazo
Ni
reposo a mi alma
Hasta
ver rotas las cadenas que nos oprimen
Por
voluntad de los corruptos
Y
los poderosos
Tierra
y Hombres Libres
Elección
Popular
Horror
a la Oligarquía
Patria
o Muerte
Analizados estos documentos, no
cabe duda que las fuentes originarias de tales planteamientos colocaron en un
lugar de especial trascendencia nacional a los conceptos de poder constituyente
originario, Asamblea Nacional Constituyente, participación y protagonismo del
pueblo en las decisiones políticas fundamentales, referendo liberador, consulta popular y elección
popular, universal, directa y secreta.
Todo esto abre un trascendental
debate para construir alternativas ante los laberintos del presente.
[ii] Böckenförde, Ernst W: (2000) El poder constituyente
del pueblo. Un concepto límite del derecho constitucional.
[iii] 2012: Diego González Cadenas El poder constituyente
en el nuevo constitucionalismo latinoamericano Disponible en: https://halshs.archives-ouvertes.fr/halshs-00874642/document
[iv] Comunicado del MBR-200: http://www.soberania.org/Articulos/articulo_6599.htm
[v] Por la importancia histórica de este documento,
debería ser publicado íntegro en las páginas de los portales web y
publicaciones oficiales del proceso bolivariano.
[vi] ¿Y cómo salir del laberinto? Aparece como texto en la
compilación de documentos de la Revolución Bolivariana de Alberto Garrido.
No hay comentarios:
Publicar un comentario