domingo, 7 de febrero de 2010

EL PODER CONSTITUYENTE QUE SE ASOMA










Javier Biardeau R.
Toda definición de democracia que no asuma la cooperación como clave de lectura y como tejido concreto de la relación entre multitud y potencia, como motor creativo de esta relación es falsa." (Antoni Negri)
El debate Constitución/Constituyente pos-liberal comienza a tomar contornos más definidos. ¿Es posible una transición al Socialismo desde la Constitución de 1999? La respuesta a este asunto depende de presupuestos poco debatidos.
Desde mi singular perspectiva seria conveniente explicitar el horizonte socialista que se aspira a recorrer. Por ejemplo, si se aspira a repetir el guión de la ortodoxia bolchevique y sus derivados (China, Viet-Nam, Corea del Norte, Cuba) la respuesta es inevitablemente negativa por más actos de sobre-interpretación (Eco dixit) jurídica-política que se realicen, sea en el parlamento o en el TSJ, o en los espacios de "propaganda bancaria" (generando de hecho, cortocircuitos, anomalías e inconsistencias constitucionales).
Así mismo, si se aspira a construir desde la multitud popular constituyente una inédita forma de subversión del metabolismo del capital, con base a la democracia absoluta, la respuesta es también negativa. Esa transición a otra experiencia de lo común (cambiar la vida en común), distinta del “reformismo social-liberal” o del “estalinismo marxista-leninista”, pasa inevitablemente por el poder constituyente en sentido fuerte; además, por las siempre transitorias mediaciones político-institucionales; como una “asamblea nacional constituyente”, que instituya la siguiente “norma constitutiva”: ésta Asamblea Constituyente estará obligada a subordinar cualesquiera de sus decisiones a aquellas dictadas por los consejos, comunas y demás órganos del poder popular, que ejercerán el poder de manera directa. Ese decir, corregir desde abajo cualquier posible recaída en el Constitucionalismo (en cualquiera de ellos); conjurando el fetichismo legal o la alienación jurídica. Obviamente, la Constitución de 1999 tampoco sirve para esto.
Pero lo aquí dicho no significa que la Constitución de 1999 sea un maquinaria de centro-derecha (no es un asunto baladí). La Constitución de 1999 puede estirarse hacia la izquierda, solo si esa elasticidad implica comprometerse con el imaginario crítico de la Democracia radical y el Socialismo Participativo.
Hablando claro: O Socialismo Democrático o Estatismo Autoritario (Poulantzas dixit). Allí se clarifica el horizonte que se pretende recorrer. Sea “Socialismo Burocrático”, sea “Estatismo Autoritario”, sea “Colectivismo Despótico”, estos comparten el mismo “juego de lenguaje” y la “forma de vida”. Para claridad del compañero Alzuru: “totalitarismo de izquierda” (Morin dixit).
Cualquier articulación de los afectos, las pasiones, los deseos, las enunciaciones a la maquinaria ideada por Hobbes (como decía Reich, una pasión de izquierda asociada a un concepto de derecha”), es un índice de “compulsión a la repetición” del Socialismo ir-Real (lease: “Veneración supersticiosa del Estado”: Marx y Engels).
El Socialismo participativo, democrático, descolonizador, deliberativo, plural y libertario es en el peor guión, el programa mínimo del “Estado democrático-radical”. En el mejor guión, el programa máximo de la construcción, -a paso de tortuga (Bujarin) o de liebre (Pannekoek) -, de una “comunidad contra-hegemónica” de hombres y mujeres libres.
No hay trampa retórica alguna que suplante el Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia, por una fórmula doctrinaria de Estado Socialista (URSS-1936. Art 1: La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas es un Estado socialista de obreros y campesinos; China-1982: Articulo 1: La República Popular China es un Estado socialista de dictadura democrática popular, dirigido por la clase obrera y basado en la alianza obrero-campesina. Cuba-2002: art.1: Cuba es un Estado socialista de trabajadores, independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos, como república unitaria y democrática, para el disfrute de la libertad política, la justicia social, el bienestar individual y colectivo y la solidaridad humana.)
La confusión entre “sociedad para la emancipación” y “Estado popular libre” ya fue aclarada por Marx, no así por los “nuevos marxistas”.
Aterrizando, algunas razones tuvo el Magistrado Cabrera para oponerse al Proyecto de Reforma Constitucional (2007), en particular, su inconsistencia jurídico-constitucional. Sencillamente, no era una Reforma: Escribe Cabrera:
No es que Venezuela no puede convertirse en un Estado Socialista. Si ello lo decide el pueblo, es posible; pero a juicio del voto salvante, tal logro sería distinto al que la Sala ha sostenido en el fallo de 24 de enero de 2002 (Caso: Créditos Indexados) y ello conduciría no a una reforma de la Constitución sino a una nueva Constitución, la cual debería ser votada por el Poder Constituyente Originario…” (2-11-2007).
En sentencia firme desde el año 2002: el Estado Social de Derecho no es, ni puede ser, lo mismo que un Estado Socialista. Esta polémica no ha sido suficientemente desentrañada en sus diferentes estratos de significación jurídica y política. Algunos se hacen los distraídos. - Hagamos como si no existiera -, señalan. Pero existe. Se trata de un asunto sustantivo referido al Título I: Principios Fundamentales. Allí falló estrepitosamente el Proyecto de Reforma Constitucional. ¿Quienes lo diseñaron?.
A pesar de lo que quiera sugerir el amigo Alzuru, uno no podría hacerle una cobertura ideológica a las “ilusiones ilimitadas de la transición al socialismo”. Ya he dicho lo que tenía que decir en: “El Enigma Populista del Chavismo” y en “¿Por qué no se convoca una Asamblea Nacional Constituyente para plantear una ruptura revolucionaria con el orden del capital?”.
El asunto de la teoría política correspondiente, se articula al complejo asunto de los movimientos nacionalistas-radicales de fuerte movilización popular (y a la vez Estatal), junto al particular imaginario socialista que reactivan. Esto es vino añejo, del más añejo (Cárdenas, Velasco Alvarado).
No podemos juzgar a un individuo por lo que él piensa de sí, ni tampoco podemos juzgar a las épocas de revolución por su forma de conciencia (Marx dixit). Alzuru presupone que Lanz (y uno) harán el trabajo a la medida del “Gobierno Chavista”. Creo que allí perdió su brújula gadameriana.
Lanz lo ha aclarado a su manera (¡para mí, embrionaria y llena de interrogantes!): hacer una Constitución a la medida de la subversión de la multitud.
Releer a Negri, entonces, puede ser útil: El poder constituyente no da lugar para “límites y medidas”, no cesa nunca, aunque presente interrupciones y recaídas en la "maquinaria constitucional". Su sujeto es la multitud, la potencia del trabajo vivo, lo que no deja lugar ni a la estructura de mando ni al privilegio. El poder constituyente afirma la diversidad frente a uniformidad, se trata de la igualdad de nuestras diferencias, pues la uniformidad unida a la igualdad ha sido uno de los desastres de la Modernidad. Multitud como multiplicidad de singularidades libres y creativas.
El poder constituyente acaba, pues, con las ideas de lo político como “mando sobre la comunidad” (tradición metafísica, léase Hobbes) o como “reino de la violencia más o menos legitimada” (léase Weber) transfiriendo así lo político al terreno de lo ontológico, de la creación de nuevo ser, de nueva comunidad:
“No hay comunidad preconcebida, no hay fuerza decisiva; en la definición constituyente de lo político, la comunidad es cada día decidida y reconstruida (…). Ni la comunidad ni la fuerza son realidades ontológicas, son solamente reducciones abstractas del mundo de la vida. Ontológicamente, nos encontramos delante de la multitud de las singularidades y ante el trabajo creativo de la potencia. Lo político es la sede de este entrelazamiento, en cuanto se presenta como proceso creativo (…) porque cada momento de este proceso abre, y no cierra, nuevas dimensiones del ser, poniendo en movimiento siempre nuevas determinaciones de la potencia."
Marx lo decía con mayor claridad: que el libre desarrollo de cada uno, condicione el libre desarrollo de todos y todas. Movimiento autónomo de una inmensa mayoría en interés de una mayoría inmensa. Subversión del trabajo vivo en contra del despotismo del capital. Una comunidad de seres humanos construyendo espacios de emancipación. El poder constituyente se asoma...
Hobbes y Stalin lucen inquietos...

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